Acorde a la normativa vigente, los establecimientos sujetos a control y vigilancia sanitaria deben contar con responsable técnico para la obtención del permiso de funcionamiento sanitario, según las necesidades de cada establecimiento que fabrique, elabore, comercialice, almacene, distribuya, transporte o dispense productos de uso y consumo humano; sin perjuicio de los requisitos determinados en normativas específicas de cada producto y/o establecimiento. Con excepción de aquellos establecimientos cuyas categorías no están sujetas a representación técnica.
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